
SENSORES INTEGRADOS -INALÁMBRICOS-
CÁMARA INTERIOR -RECONOCIMIENTO FACIAL-
MONITOREA INDIVIDUALMENTE
DOMINIO EXCLUSIVO


PROPIETARIOS, ARRENDATARIOS, RESIDENTES

ARRENDATARIOS, PROPIETARIOS, RESIDENTES
AUSENTES DURANTE REITERADOS ESPACIOS DE TIEMPO
Tienen el derecho y facultades concretas para prevenir e impedir con eficacia los efectos de la actual crisis de seguridad y delincuencia.
(Delitos que en múltiples intentos de ser evitados por la víctima mediante diversos sistemas vulnerados, pueden afectar consecuencialmente e irremediablemente la vida, legítimos derechos, propiedad privada individual y colectiva).

VIGILANCIA EFICIENTE - DENUNCIAS EFICACES
Denuncia-2 permite incoar denuncias eficaces con registro audiovisual aplicado a unidades de dominio exclusivo. En Ministerio Público -Fiscalía de Chile- y en Competente -Juzgado de Policía Local-; solicitud a administrador del condominio. (Acción inmediata: impedir daños a personas en unidades y bienes comunes).

Ninguna persona ni grupo de personas pueden ingresar sin tu autorización o consentimiento al departamento o casa donde vives, salvo que una resolución judicial ordene un allanamiento a la policía, o ésta esté habilitada para detener por delito flagrante sin orden judicial previa. También puede ingresar receptor judicial a fin de trabar embargo, lanzar en juicio de arrendamiento o precario, premunido de orden judicial expresa y previo descerrajamiento de puerta para acceso, auxiliado siempre con fuerza pública; o, en caso de imprevisto grave que afecte la seguridad del condominio, el Administrador está facultado para ingresar forzadamente en ausencia del propietario, arrendatario, residente.